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Certificado Universitario:
Universidad Francisco de Vitoria
¿Qué requisitos deben tener los cursos para ser tenidos en cuenta en las oposiciones?

Nuestros cursos cumplen todos los requisitos.

La mejor garantía. La experiencia:
Varias convocatorias, entre ellas las de 2007, 2008 y 2009, han demostrado la validez de nuestros títulos, que están respaldados por los Reales Decretos (RD276/07) y las Convocatorias de todas las CCAA.

Un Certificado Universtario
Al realizar un curso organizado por ANFAP se obtiene un Certificado Universitario.

El certificado que se obtiene es de la Universidad Francisco de Vitoria y cuenta con total validez para los concursos de méritos en las oposiciones de acceso a la función pública docente.

Según la valoración de las convocatorias de méritos de 2007,  2008 y 2009, por cada curso de 10 o más créditos se obtienen 0,5 puntos de méritos (hasta alcanzar el máximo establecido en cada convocatoria).

¿Por qué no se recomiendan los créditos ECTS?
En el Real Decreto 276/2007 y en todas las convocatorias habla de créditos y establece que:

- por cursos de 3 o más créditos se obtienen 0,2 puntos
- por cursos de 10 o más créditos se obtienen 0,5 puntos

Al no establecer si son créditos ECTS o no ECTS, a un curso de 100 horas y 4 créditos ECTS le podrían asignar 0,2 puntos.
Sin embargo por un curso de 110 horas y 11 créditos en 2007, 2008, 2009 y previsiblemente en 2010 y 2011 darán 0,5 ya que lo establece así el Real Decreto 276/07.

Ningún titulo Universitario, ni siquiera los oficiales, tienen que adaptarse a ECTS hasta el 1 de octubre de 2010, y los Certificados Universitarios de formación permanente no están regulados dentro de los títulos universitarios oficiales, por lo que es posible que no tengan que adaptarse a créditos ECTS.

A continuación se indica la única legislación relativa a plazos de implantación ECTS, y que no habla de Cursos Universitarios no oficiales:

REAL DECRETO 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Disposición transitoria única. Adaptación al sistema.
Las enseñanzas universitarias actuales conducentes a la obtención de un título universitario oficial que estén implantadas en la actualidad deberán, en todo caso, adaptarse al sistema de créditos establecido en este real decreto con anterioridad al 1 de octubre de 2010.


Requisitos según el REAL DECRETO
A continuación se indican los requisitos para el reconocimiento de los cursos en los concursos de méritos en las oposiciones de acceso a la función pública docente:

Texto extraido del Real Decreto 276/2007 que regula el acceso a la función publica docente a nivel NACIONAL:

Apartado 2.5 Formación permanente:
Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, convocado por administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizados por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente:
a) No inferior a 3 créditos: 0,2000 puntos.
b) No inferior a 10 créditos: 0,5000 puntos.
Exclusivamente para la especialidad de música, se valorarán en los mismos términos los cursos organizados por los conservatorios de música.
A efectos de este subapartado, se podrán acumular los cursos no inferiores a 2 créditos que  cumplan los requisitos que se especifican en este subapartado.

Requisitos según las CONVOCATORIAS
En las convocatorias de todas las comunidades autónomas se incluye un parrafo similar al del real decreto. A continuación se indican a modo de ejemplo el texto de varias convocatorias:

Convocatoria Madrid 2008:
Extracto de la resolución de RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2008:
MÉRITOS
2.5. Formación permanente (Máximo 2 puntos)
2.5.1. Cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo o proyectos de formación en centros, en los que haya participado el aspirante como ponente o como asistente, convocados por las Administraciones Educativas, las universidades o instituciones sin ánimo de lucro que tengan firmados convenios de colaboración con la Administración Educativa, relacionados con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía y la sociología de la educación.
a) No inferior a 3 créditos ……………………………………… 0,2
b) No inferior a 10 créditos …………………………………… 0,5

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Certificado en el que conste de modo expreso el número de horas de duración o el número de créditos, la fecha de inicio y fin y, en su caso, el reconocimiento de la correspondiente Administración Educativa.

Convocatoria Castilla León 2008:
Extracto de la Orden ADM/565/2008, de 2 de abril (281.3 KB)   (BOCYL de 10-abr-2008)
MÉRITOS
2.5 Formación Permanente:
Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, convocado por las Administraciones Públicas con plenas competencias educativas o por las Universidades o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizados por entidades colaboradoras con las Administraciones Educativas o actividades reconocidas por la Administración Educativa correspondiente:
a) No inferior a 3 créditos...... 0,2
b) No inferior a 10 créditos..... 0,5

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Certificación de las actividades expedida por el órgano convocante en la que conste su duración en horas o, en su caso, el número de créditos, que acredite fehacientemente el reconocimiento de homologación o que se realiza en convenio con las Administraciones Educativas o Universidades, debiendo figurar el sello de inscripción en el Registro General de Formación Permanente del Profesorado, en aquellas actividades que deban inscribirse.

Pincha aquí para descargarte el texto de la convocatoria de la comunidad autónoma que te interese



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